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No se podrán construir casinos y salas de juego en la ciudad

El Concejo Deliberante aprobó un proyecto de ordenanza que elimina la posibilidad de construir casinos y salas de juego en la ciudad de Córdoba. Lo hizo mediante la modificación del Código de Edificación (Ordenanza Nº 9.387), una iniciativa presentada por el concejal Esteban Dómina.

La posibilidad estaba contemplada en el Código en el art. 3 donde estaban incluidos “casinos y salas de juego”, junto a otras edificaciones permitidas, tales como auditorios, cines, iglesias, salas de convenciones, bibliotecas, gimnasios, salones de fiesta, entre otros edificios.  
 
En el año 2000, se dictó la Ley provincial Nº 8.837 de Incorporación de Capital Privado al Sector Público, que en su artículo 67 establece expresamente la prohibición de instalar salas de casino y bingo con máquinas de juego (slots) en una distancia radial inferior a los veinte kilómetros contados desde la Plaza San Martín de la ciudad de Córdoba.
 
Quiere decir que, desde la sanción de esta norma (año 2000), la legislación municipal mantiene la regulación de edificaciones o construcciones para desarrollar actividades expresamente prohibidas en el ámbito de la ciudad, ocasionando una manifiesta inconsistencia jurídica.
 
Dómina señaló que “con la aprobación del proyecto, se corrige la situación apuntada y a la vez se da una clara señal en contra de la posible habilitación del juego en el ámbito de la ciudad, un flagelo que sufren otras localidades de la provincia”.